Alejandro Deustua

7 de nov de 2007

El TLC con Estados Unidos y una Nueva Política Comercial Norteamericana

Aunque, según la información disponible, es posible adelantar un resultado positivo en la votación de la Casa de Representantes norteamericana sobre la aprobación del TLC suscrito con el Perú, no es tarde para considerar la importancia normativa de ese acuerdo para los Estados Unidos. Especialmente cuando éste no parece reportar mayor relevancia en la percepción común norteamericana.

Esta calidad normativa no deviene de la magnitud comercio bilateral entre el Perú y Estados Unidos y tampoco de la significación de los acuerdos con Colombia, Panamá y Corea del Sur (que hoy hacen fila en el Capitolio para ser aprobados). La importancia regulatoria del acuerdo con el Perú radica en la coyuntura en que éste se presenta (la campaña electoral norteamericana), en el escenario conceptual en que se discute (un renacimiento proteccionista en Estados Unidos representados más por los miembros del partido demócrata que por los republicanos) y especialmente en lo que algunos representantes demócratas consideran una "nueva política comercial" norteamericana.

Esta última consiste en una serie de requerimientos parlamentarios que deben agregarse a la negociación futura de acuerdos de libre comercio y que ya lo han sido al TLC peruano-norteamericano (a pesar de que la vía por la que se negoció -el "fast track"- obligaba al Congreso a aprobar o rechazar el acuerdo sin que éste pudiera modificarlo).

En el caso del TLC peruano, esa formalidad ha sido rebasada para bien en tanto los nuevos requerimientos tienden a mejorar los elementos de equidad del acuerdo original (pudo haber ocurrido lo contrario). Tales requerimientos se refieren a estándares laborales, ambientales, de inversiones, propiedad intelectual de medicamentos, compras estatales y seguridad portuaria norteamericana.

En el ámbito laboral los requerimientos obligaron a la inclusión de compromisos de cumplimiento de las normas laborales internacionales básicas acordadas en la OIT (libertad de asociación, negociación colectiva y prohibición del trabajo compulsivo, de las peores formas del trabajo infantil y de prácticas discriminatorias). Estas normas deben ser efectivamente cumplidas y los estándares no podrán rebajarse en el futuro.

En el campo ambiental, los requerimientos obligan al cumplimiento de los compromisos internacionales en relación a la conservación de especies, protección de la capa de ozono, del atún, de la ballena, del ambiente antártico y contra la polución. En el caso peruano se añadió la obligación de revertir la explotación ilegal de la caoba.

En relación a los medicamentos genéricos los requerimientos impiden que la protección de la propiedad intelectual de los mismos se extienda al punto de inhibir su ingreso al mercado en contra de las necesidades de la salud pública.

En el campo de las compras estatales se fortalece la normatividad laboral al reclamarla para aquellas empresas que deseen vender a los Estados americanos mientras que en el sector de inversiones se establece que los extranjeros no podrán tener un trato superior al concedido al inversionista norteamericano. Finalmente Estados Unidos se reserva el derecho de denegar acceso al manejo de puertos norteamericanos a entidades extranjeras por razones de seguridad nacional.

Todas estas normas (salvo la última) debieron haber sido reclamadas por los negociadores peruanos desde el principio. Aunque algunas de ellas fueran de difícil cumplimiento (p.e. las normas laborales en un mercado donde abunda la oferta de trabajo y la informalidad), el criterio que las impulsa debió ser respetado. Si no fue así por debilidad o deformación ideológica (el caso de la indisposición peruana a reconocer con más claridad la existencia de sectores estratégicos), estos requerimientos subsanan parcialmente esa carencia, aunque lo hacen desde el punto de vista del interés nacional norteamericano.

En este caso, la "nueva política comercial" de Estados Unidos es coincidente con el interés nacional peruano. En consecuencia, ha liberado a éste de las limitaciones que pudieran haber existido. Este beneficio se agrega al económico y estratégico que acarreará el TLC para el Perú. En tanto este acuerdo pudo ser mejor negociado, las enmiendas de la "nueva política comercial norteamericana" debe servirnos de lección para sustentar adecuadamente nuestra posición negociadora en el futuro.

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