Alejandro Deustua

29 de mar de 2007

La Revisión del TLC

La mayoría demócrata del Congreso norteamericano acaba de señalar, en principio, su disposición a aprobar el TLC acordado con el Perú. Pero, en tanto esa decisión implica una revisión del acuerdo (que el gobierno peruano traduce como una simple precisión), ésta violenta la autoridad negociadora que el Legislativo norteamericano otorgó al Ejecutivo a estos efectos. Más aún cuando, a propósito del TLC, ese Congreso replantea la política general de negociación de este tipo de acuerdos.

Como se sabe, el TLC se negoció en el marco de la denominada "vía rápida" que permite al Presidente, a través de su Representante Comercial, suscribir acuerdos que el Congreso debe aprobar o desaprobar pero no modificar. Pero al condicionar la aprobación a la incorporación de nuevas medidas rectoras en los capítulos laboral, ambiental, de propiedad intelectual y de impacto general del acuerdo, el Congreso está planteando una revisión de los principios del mismo. Ello implica una impropia modificación sustancial más allá de que ésta se formalice a través de documentos complementarios.

Ello es posible porque sobre la política exterior, la Constitución norteamericana no resuelve con precisión las competencias de los poderes del Estado. Ello ha generado un debate interminable sobre qué corresponde a quién en el manejo del sector externo. En el trafago de ese ambivalencia, el Congreso está haciendo uso o abuso de la competencia superior que la Constitución sí le confiere en materia de comercio exterior.

Esta situación, caracterizada por el conflicto interburocrático, es favorecida por la pérdida de consenso nacional en la primera potencia. El TLC ha quedado atrapado en ella y, por tanto sometida a factores exógenos (la guerra en Irak, el recorte de libertades, la política tributaria, el estilo de gobierno del presidente Bush, etc.) sobre los que el Perú no tiene ninguna incidencia.

El resultado es el condicionamiento del impacto beneficioso del TLC en nuestra economía(entre 1% y 3.5% del PBI), la subordinación de las características de seguridad de sus antecedentes (el ATPA y el ATPDEA se entendieron como una compensatorios de los costos de la lucha la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo), el cuestionamiento implícito de la autoridad de nuestro Congreso que, aprobó el acuerdo por la "vía ultra rápida" (como ya ocurrió antes exigido también por las circunstancias) y hasta la modificación de los términos de la reforma laboral como parte de la reforma económica (patrocinada por la administración Clinton y los organismos multilaterales).

El agregado de todo ello sólo puede calificarse como arbitrario. Y lo que tiene de bueno (el cuidado por el impacto social del TLC) también lo es. Para evitar que lo sea y que el acuerdo sea efectivamente producto de voluntades soberanas, el gobierno debe plantear un par de enmiendas adicionales.

La primera debe ser una cláusula de salvaguardia para mitigar la expansión del impacto, a través, del TLC de una eventual recesión norteamericana. La segunda debe establecer criterios de implementación de todo el acuerdo según el trato preferencial que corresponde a los países en desarrollo de acuerdo a la OMC. Ello debe incluir el principio de no reciprocidad.

En tanto el TLC es tan político y estratégico como económico el gobierno está en la obligación de intentar mejorar el posicionamiento peruano ahora que el acuerdo está bajo revisión por decisión e interés de sólo una de las partes.

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