Alejandro Deustua

30 de dic de 2004

Paso a Paso

Aunque no todo avance es necesariamente bueno si no es comandado por criterios de elemental prudencia, el gobierno ha avanzado sustantivamente en el tratamiento de la controversia jurídica sobre delimitación marítima con Chile. Al renovar el planteamiento de negociaciones sobre el particular y sugiriendo un plazo para el inicio de ese proceso (60 días), el Ejecutivo ha planteado implícitamente su disposición a pasar a instancias superiores para la solución del caso. A través de declaraciones de prensa el Canciller ha confirmado ese temperamento indicando que el Perú recurriría a tribunales internacionales a estos efectos. El interrogante que surge al respecto es ¿estamos adecuadamente preparados para ello?.

Desde que en 1980, durante la 3ª Conferencia de Derecho del Mar, el delegado peruano, el Embajador Arias Schreiber planteó que, frente a la ausencia de un tratado específico delimitatorio, el tema debía ser resuelto con criterios de equidistancia y equidad, la controversia empezó a configurarse. Y en 1986, la solicitud de negociaciones bilaterales para solucionar el diferendo fue planteado por primera vez a a Chile sin que la contraparte expresara buena disposición al respecto. El año 2000 el tema volvió a plantearse con similares resultados hasta que en el 2003, autoridades de Cancilleria se refirieron verbalmente a la controversia como el reconocimiento por el Perú de que el problema delimitatorio estaba en agenda, mientras que para Chile el tema no lo estaba. Previamente el presidente Lagos pareció mostrar cierta apertura a dialogar sobre el tema, pero su Cancillería denegó esa posibilidad. Finalmente , en marzo del 2004 mediante comunicado oficial,el gobierno calificó por primera vez la controversia como tal.

Como se ve, el proceso de identificación y fijación de la controversia ha implicado un horizonte de largo plazo. En ese ámbito era esperable una etapa subsiguiente de diálogo diplomático que, liberado del clima beligerante que impone a las partes la estridencia con que se manifiesta la reivindicación marítima boliviana, desembocara en negociaciones efectivas en torno al reclamo peruano. Para ello se requeriría que el sentido común convenciera a Chile de que no es razonable que un país marítimo como el Perú no disponga de un domino efectivo de 200 millas a lo largo de toda su costa (que en la Línea de la Concordia es 0) y que la frontera marítima no podía haber sido definitivamente delimitada por declaraciones políticas (como la de 1947 y de 1952 que innovaron el espacio marino con la expansión discrecional hasta las 200 millas) ni por acuerdos suscritos que se refieren a la línea del paralelo como un límite funcional (para evitar la yuxtaposición de territorios en el momento de la expansión o para brindar seguridad a los pescadores de la zona) o que fueron motivados para salvar, en nuestra frontera norte, obstáculo geográficos que no existen en nuestra frontera sur.

Un proceso de persuasión de duración razonable por canales institucionales bilaterales podía esperarse a luz de los mecanismos que Perú y Chile han montado para tratar su problemática política y de seguridad. Más aún cuando, en el frente externo, la dimensión del reclamo marítimo boliviano predispone a la contraparte a negarse al trato de probemáticas similares y hace parecer el reclamo peruano como vinculado a la presión ejercida por nuestro vecino altiplánico. Mientras que, en el frente interno, el críticamente bajo nivel de apoyo al gobierno, la inhibición de la oposición a aprobar la adhesión a la Convención del Mar (que contiene procedemientos universalmente reconocidos para casos de delimitación) por temor o cálculo y el insuficente potencial militar disponible, no brindan ahora suficiente sustento al camino elegido para satisfacer el requerimiento nacional.

No obstante ello, el gobierno ha decidido avanzar hacia instancias jurisdiccionales sin anunciar el fracaso o la imposibilidad de llevar a cabo los procedimientos de solución pacífica de controversias contemplados en el artículos 33 de la Carta de la ONU (conciliación, mediación, arbitraje, etc) situación que habría demostrado la intrasigencia chilena. Y para ello ha dejado saber que recurriría a la Corte Internacional de La Haya sin contar con el ámbito universalmente legitimador de la Convención del Mar y recurriendo instancias como el Pacto de Bogotá que permitiría arraigar a Chile en aquel tribunal.

Para defender adecuadamente un interés nacional nacional primario es necesario fortalecer la posición propia, minimizar el riesgo y optimizar las posibilidades de éxito. No estamos seguros que éste sea el caso hoy. Por ello invocamos la continuidad del proceso diplomático hasta que éste tenga éxito o se pruebe realmente ineficaz.

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