Alejandro Deustua

18 de jul de 2013

Una Decisión del Congreso Erosiona la Institucionalidad del Estado

Con una mala decisión, el Congreso acaba de debilitar las estructuras y el prestigio del Estado. Al elegir contra el sentido común y la opinión pública a los encargados de vigilar la seguridad jurídica y social ha debilitado las instituciones de la República, incrementado el riesgo político del país y afectado seriamente su imagen y prestigio internacionales.
 

 
No es este el caso, por cierto, de los tres nuevos directores del Banco Central de Reserva. Su gran solvencia profesional y ética contribuirán a consolidar al BCR como una de las instituciones de mayor credibilidad nacional.

Pero sí lo es el del Tribunal Constitucional y de la Defensoría del Pueblo. El primero es responsable de interpretar y controlar la calidad constitucional de las normas que rigen el orden interno del país. Por su naturaleza y dimensión, esta responsabilidad reclama una solvencia personal públicamente reconocida que va más allá de los requerimientos e impedimentos que establecen los artículos 11 y 12 de la ley orgánica del Tribunal.
 

 
Si éste ya había dictado sentencias polémicas (incluida alguna sobre acuerdos de libre comercio) se requería de juristas que añadieran conocimiento y solvencia a ese cuerpo colegiado. Dos de los elegidos cumple con esos fines. Pero los otro cuatro añaden rechazo y escasa versación abriendo la brecha entre el requerimiento de legitimidad del Tribunal y su legalidad.
 

 
En efecto, la votación en bloque por el Congreso (que ha sido legal) sacrificó la evaluación de las calidades de los candidatos (lo que resta legitimidad a ellos y al proceso de su elección).
 

 
Ese proceso, adecuado para la aprobación de normas complejas de difícil negociación, permitió la elección de un grupo de candidatos entre los que no se pudo o no se quiso distinguir las calidades de cada uno. Esta metodología puede ser similar a la distribución de cuotas de poder que se practica en otras entidades legislativas para lograr consensos (en este caso, la ley requiere un acuerdo de dos tercios de los congresistas para elegir a los candidatos a las instituciones mencionadas). Pero la decisión del Congreso nacional carece de legitimidad por los antecedentes de los miembros cuestionados y el rechazo que estos presentan.
 

 
El resultado es la erosión adicional de legitimidad del Tribunal Constitucional, de la hasta ahora eficiente Defensoría del Pueblo y del propio Congreso.
 

 
Ello ha repercutido perniciosamente en la sociedad. Y no sólo por el rechazo que ha merecido la elección, bajo el procedimiento descrito, de la titular de la Defensoría del Pueblo.
 

 
Para merecer ese cargo se requiere los mismos requisitos que para ser Magistrado de la Corte Suprema además de independencia de toda filiación o militancia política según el artículo 4 de la ley orgánica de la Defensoría. En apariencia, estos requerimientos no son satisfechos por la elegida.
 

 
En este caso, por tanto, la ausencia de legitimidad se estaría sumando a la vulneración de la ley. Bajo estas condiciones las acciones que pudiera emprender la nueva Defensora del Pueblo no sólo serían rechazadas por la ciudadanía que es objeto de su protección sino que podrían confrontar el ordenamiento jurídico.
 

 
De esta manera, la desprotección social se añade acá a la pérdida de seguridad jurídica. Y el contrato social estaría siendo vulnerando en su segmento más cercano a la población. Ello presenta un problema constitucional mayor además del debilitamiento del factor jurisdiccional que es una de las bases de la soberanía y de la adecuada inserción internacional del Estado.
 

 
Si este último factor es un elemento central de la calidad estatal lo es también de su prestigio e imagen en los que tanto empeño ha puesto el país. Sesgada como está esa condición de gobernabilidad hacia el lado de la economía, se debe recordar que los principales evaluadores de la misma (como el Banco Mundial y el World Economic Forum) publican evaluaciones periódicas sobre el particular.
 

 
Así, el Doing Business del Banco Mundial incluye el criterio de fortaleza institucional para evaluar la facilidad de hacer negocios en un país. El conjunto de América Latina aparece más en el lado débil que en el fuerte en la calificación de esa calidad. En el agregado el Perú aparece en el puesto 43 entre 185 países en el último reporte de Doing Business por debajo de Chile pero por encima de Colombia y México. La decisión del Congreso probablemente empujará hacia abajo el ránking peruano.
 

 
Y el último Reporte de Competitividad del World Economic Forum coloca al Perú en el puesto 61 entre 144 países pero indicando que en materia institucional el Perú se ubica en el puesto 105. Este ránking bajará adentrándose el país en el tercio inferior en esta materia.
 

Las consecuencias económicas de la decisión del Congreso son serias. Especialmente si el riesgo político se incrementa (como ocurrirá) y, como consecuencia, el riesgo soberano no mejora impidiendo un incremento de la calificación del grado de inversión.

Esta situación debe ser corregida a la brevedad si el país no dese caer en el desorden social que ya se expresa con fuerza en Suramérica (Brasil y Chile son los ejemplos más recientes), en el desprestigio y en la precariedad política cuando tenemos asuntos importantes que resolver con nuestros vecinos.

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